Desde el mismo comienzo de la historia del hombre en el
planeta Tierra, éste ha visto la necesidad de evaluar, controlar y reorientar
las actividades que él y sus semejantes realizan en un tiempo y espacio
determinado. Esta cualidad por supuesto la heredó el hombre de Dios, quien al
hacerlo a su imagen y semejanza, lo dotó de algunas características de su
Creador: Supervisor por Excelencia. El libro bíblico de Génesis nos narra cómo
Dios en todo momento supervisó y evaluó su maravillosa creación al manifestar
que todo lo creado “era muy bueno” (Gen 1:31). Igualmente vemos más adelante,
cómo el Creador, al ver la maldad y las injusticias que imperaban en el mundo,
“sintió pesar por haber hecho hombres en la Tierra y se sintió herido en el
corazón”; por lo que envió un Diluvio universal y barrió a todas las personas,
salvo las que estaban dentro del arca.
Estos sucesos, sin caer en sensacionalismos religiosos, hacen
ver cómo Dios, se puede decir es el Padre de la Supervisión. En el relato
mencionado al principio vemos algunos aspectos fundamentales de la supervisión:
1) Diagnóstico: Dios notó que su a su Creación le faltaba algo para que la
misma fuera valorada y utilizada por alguien, e hizo al hombre. 2) Evaluación:
Dios vio que todo lo creado era bueno aunque luego se arrepintió de haber hecho
al hombre. 3) Acción y Control: A pesar que Dios le dio al hombre bastante
tiempo para que se arrepintiera de su mal proceder (40 años por lo menos) no se
cohibió de aplicar correctivos (para algunos muy fuertes), y mandó el Diluvio y
eliminó la maldad de esa época; pero permitió que ocho personas se salvaran, de
las cuales venimos todos nosotros.
Estos pasajes bíblicos son sólo unos de tantos ejemplos
de cómo la necesidad de supervisar el trabajo, es algo con lo que Dios ha
dotado al hombre para su buen desenvolvimiento en este planeta, lo cual la
historia corrobora desde las primeras civilizaciones que se formaron después
del Diluvio, como la egipcia, la asiria, la mesopotámica – babilónica, la medopersa, la griega y la romana, por nombrar
algunas. De allí que la Supervisión como acción de mejorar el trabajo humano,
ha sido elemental para el desarrollo de la humanidad en general. Por supuesto,
como las naciones se desarrollan a partir de la educación de sus ciudadanos, es
lógico que desde tiempos remotos la Supervisión haya estado presente en este
apartado como instrumento de verificación y mejoramiento de la calidad de la
enseñanza.
Durante el primer milenio A. C. se desarrollan las
primeras formas de enseñanza en la antigua Grecia (arcaica, espartana,
ateniense y helenística). A la caída del Imperio Griego, el mundo romano acoge
el helenismo también en el campo docente. En el año 476, cae el Imperio Romano
y comienza la Edad Media, caracterizada por movimientos culturales como el
Renacimiento; el cual le da un nuevo concepto educativo al Humanismo a lo largo
del siglo XVI, continuando durante el Barroco por el disciplinarismo
pedagógico. En la Edad Contemporánea nacen los actuales sistemas educativos,
organizados y controlados por el Estado. Durante todo este proceso evolutivo de
la Educación, la Supervisión jugó un papel fundamental en la formación
intelectual, artesanal y militar del hombre; la mayoría de las veces con una
rigidez extrema y una disciplina autocrática basada en el castigo y la
sumisión.
En Venezuela, los inicios de la Supervisión Educativa se
ubican en el año 1830, cuando en el Congreso de Valencia, donde por decisión
mayoritaria se decide la separación de la Gran Colombia; se crea la necesidad
además de construir un modelo educativo que esté separado completamente del
modelo colombiano que se venía aplicando para ese entonces (Medina García,
2011). Progresivamente la Supervisión Educativa va tomando forma, aunque ésta
tenía un concepto netamente fiscalizador (a los Supervisores se les llamaba
Fiscales), y es en el año 1881 cuando con la creación del Ministerio de
Instrucción, se organiza la función supervisora por Distritos Fiscales, tomando
en cuenta, la División Político Territorial del País. Esta división, aunque con
algunas variantes, continúa hasta el presente.
En la actualidad, la supervisión es un proceso que está
fundamentado en un conjunto de leyes y reglamentos que la norman y describen
sus funciones y como la misma está estructurada para llevarla a cabo en el país. La Educación en
Venezuela está basada en un modelo Socialista que parte del Humanismo; donde lo
principal es satisfacer las necesidades del hombre en un clima de igualdad,
convivencia y buen vivir. Es por eso que tanto la Educación como la Supervisión
deben ser procesos democráticos, flexibles, abiertos al cambio. Es conveniente
que nos detengamos en dos aspectos importantes: La Estructura Organizativa y la
Normativa Legal. El conocerlos, nos ayudará de seguro a que el proceso de
Supervisión en las Instituciones Educativas sea más efectivo y por supuesto
arroje mejores resultados.
El primero aspecto: la Estructura Organizativa, lo define
claramente el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (2003), aun
vigente. Los artículos 157 al 164, describen como está estructurada la
Supervisión Educativa en Niveles Jerárquicos, que van en forma decreciente
desde el Cuarto Nivel hasta el Primer Nivel; correspondiendo el Primero al
M.P.P.E, Viceministerio de Desarrollo Académico y la Dirección General de
Supervisión Educativa. El Tercer Nivel Jerárquico, lo componen los Jefes de
Zonas, Jefes de División y Docentes con Función Supervisora Zonal. El Segundo
Nivel Jerárquico corresponde a Jefes de Municipios, Supervisores y Docentes con
Función Supervisora. El Primer Nivel Jerárquico lo conforman los Planteles
Educativos, Oficiales y Privados, donde el Director es el Supervisor por
excelencia de la Institución.
A nivel de la Unidad de Supervisión Regional en el Estado
Apure, la Supervisión está estructurada también en forma decreciente de la
siguiente manera: Ejecutivo Regional; Secretaría de Educación; Sub Secretaría
de Educación; Unidad de Supervisión y Municipios Escolares, la cual tiene
adscrita la Oficina Municipal de Educación Regional; y los Supervisores. Toda
esta organización, viene a complementar la estructura nacional en relación a la
Supervisión.
El segundo aspecto: la Normativa Legal de la Supervisión
la contempla un conjunto de leyes y reglamentos como son: La Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en sus artículos 3, 102, 103, 104 y
274; La Ley Orgánica de Educación (LOE), artículos 1, 5, 18, 19 y 43; El Reglamento
General de la Ley Orgánica de Educación (RGLOE) en sus artículos del 151 al
169; El Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (REPD), artículos 32,
34, 35, 36, 37 y 123.
Existen un conjunto de leyes que también son empleadas en el proceso de Supervisión Educativa como son la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP), la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), la Ley del Estatuto de la Función Pública, el Código Civil de Venezuela, la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)…Sin embargo, la mayoría de estas leyes sólo se aplican si en la Institución, a un funcionario se le levanta un Procedimiento Administrativo, y ahí serán los abogados quienes las aplicarán y no los supervisores. Por último, no hay que olvidar que en las Instituciones Educativas, existen las Normas de Convivencia, que al estar aprobadas por esa tríada llamada escuela, familia y comunidad, se convierten en un instrumento legal interno de cada plantel, que también es utilizado en el proceso de Supervisión.
Existen un conjunto de leyes que también son empleadas en el proceso de Supervisión Educativa como son la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP), la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), la Ley del Estatuto de la Función Pública, el Código Civil de Venezuela, la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)…Sin embargo, la mayoría de estas leyes sólo se aplican si en la Institución, a un funcionario se le levanta un Procedimiento Administrativo, y ahí serán los abogados quienes las aplicarán y no los supervisores. Por último, no hay que olvidar que en las Instituciones Educativas, existen las Normas de Convivencia, que al estar aprobadas por esa tríada llamada escuela, familia y comunidad, se convierten en un instrumento legal interno de cada plantel, que también es utilizado en el proceso de Supervisión.
En fin, hemos visto, cómo esa necesidad de supervisar ha
estado siempre en las tareas fundamentales que desempeña el hombre para el
desarrollo de los pueblos, que ésta a su vez siempre la ha normado un conjunto
de preceptos que emiten los gobiernos, y que al ser un proceso abierto,
dinámico y complejo; necesita de muchas personas con roles definidos, que
cumplan a cabalidad con la estructura organizativa que el gobierno de turno
haya conformado según las necesidades educativas que existan en un momento
puntual de la historia. En nuestro país queda mucho trabajo por hacer para
mejorar los resultados de las supervisiones y tomar acciones para los
correctivos necesarios. Pero, para eso estamos nosotros. Para mejorar constantemente el proceso de
Supervisión Educativa.
Participantes:
Andrea
Wirmairy
Alfonzo
Carmen
Cuenca
Yohana
Escalona
Rafael
Guadamo
Ennibeth
Hidalgo
Sonia
Padilla
Milagros
Sáez
Yobanki
Sosa
Yennifer
Grupo
N° 2
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REFERENCIAS
.
Medina, G (2011). Estructura Organizativa de
la Educación en Venezuela. Universidad Rafael Urdaneta. Disponible: es.scribd.com
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (2009). Con la Enmienda N° 1 aprobada por el Pueblo Soberano,
mediante Referendo Constitucional, a los 15 días del mes de febrero de 2009.
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.908, febrero 19,
2009.
Ley Orgánica de Educación (2009). Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.929, agosto 15, 2009.
Reglamento
General de la Ley Orgánica de Educación (2003). Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 5.662, septiembre 24, 2003.
Reglamento General
del Ejercicio de la Profesión Docente (2000). Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 5.496, octubre 31, 2000.
López Ordoñez, R (2008). Manual del
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Publicaciones Monfort, c.a.
Asociación Venezolana de Escuelas Católicas
(2005). La Educación que Venezuela
necesita. Manifiesto de la AVEC en referencia a la Ley Orgánica de
Educación.
Traducción
del Nuevo Mundo de las Santas Escrituras (1987). WATCHTOWER BIBLE AND TRACT
SOCIETY OF NEW YORK, INC.
La Biblia
Palabra de Dios o Palabra del Hombre (2006). WATCHTOWER BIBLE AND TRACT SOCIETY OF NEW YORK, INC.